viernes, 30 de mayo de 2014

Discográficas versus Pablo Soto, caso cerrado

Se terminó. Game Over. C’est fini… Eso es lo que acaba de ocurrir con el embate judicial perpetrado por las grandes discográficas que operan en nuestro país contra Pablo Soto, todo un referente entre los desarrolladores de software P2P por sus varias creaciones de programas de intercambio de archivos que se nutren del mentado protocolo (entre ellos Blubster, Piolet o ManolitoP2P). Y acaba de ocurrir porque la sentencia que el pasado mes de abril le dio la razón a Soto ya es firme, gracias a que los demandantes han decidido renunciar a la posibilidad de recurrirla.

Para los que andéis algo perdidos, todo arrancó allá por el año 2008. En ese momento Warner, Universal, EMI y Sony demandaron a Pablo Soto por 13 millones de euros al considerar que sus programas eran ilegales ya que, siempre según ellos, se usan “para el intercambio ilegal entre particulares de música protegida”. Sin embargo la jugada no les salió bien porque a finales de 2011 el Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid desestimó la demanda con una sentencia dura y contundente, sentencia que recurrieron, y volvieron a perder.

En concreto el mes de abril de este año la Audiencia Provincial de Madrid, que es donde fue a parar el recurso de las discográficas, le dio la razón nuevamente al desarrollador en otra sentencia también muy dura con los demandantes al considerar el magistrado que “ofertar una tecnología P2P avanzada no supone incurrir en actos de expolio ni de aprovechamiento indebido del esfuerzo ajeno”, que la actividad de Soto “tampoco supone un acto de obstaculización al negocio”, y más importante todavía, que crear programas P2P no sólo no es delito sino que forma parte del derecho constitucional de libertad de empresa.

Ante esta última sentencia aún cabía posibilidad de recurso, en el Supremo, hasta donde desde el principio las discográficas aseguraron que estaban dispuestas a llegar si fuera necesario, pero finalmente han renunciado a tal posibilidad, con lo que el último escollo para que la sentencia se hiciera firme desapareció y ya lo es (la verdad es que el recurrir al Supremo hubiera sido completamente absurdo porque al tener dos sentencias en contra perfectamente argumentadas las posibilidades de ganar eran ínfimas).

Así que al fin el primer caso judicial que ha tenido lugar en España contra un desarrollador de software P2P ha quedado cerrado, y lo mejor es que lo ha hecho de forma favorable para el demandado, lo que por extensión es bueno para todos porque si las discográficas llegan a ganar se hubiera sentado un peligroso precedente jurídico por el cual el lobby del copyright habría podido arremeter legalmente con ciertas garantías de éxito contra otros desarrolladores. En palabras de David Bravo, abogado especialista en propiedad intelectual que se ha ocupado del asunto desde el principio, “esta sentencia sienta un antes y un después en las batallas judiciales iniciadas por las discográficas y puede considerarse desde ya un símbolo de la victoria contra los que quieren frenar la innovación para preservar un modelo de negocio al que se le pasó la fecha de caducidad”. Amén.






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